LONDRES.-El Tribunal Superior de Londres estudia este lunes una reclamación de recuperación de deuda contra el Banco Nacional de Cuba (BNC) y la República de Cuba, presentada inicialmente en febrero de 2020 por CRF I Limited, un fondo de inversión registrado en las Islas Caimán.
En el juicio en la División Comercial de la corte inglesa, que se prevé que dure varios días, la jueza Sara Cockerill dirimirá primero si CRF es el acreedor legítimo del BNC y de Cuba, por un monto de 72 millones de euros.
Según documentos del caso, la demanda que ahora se estudia representa una pequeña parte de los cerca de 1.500 millones de dólares en reclamaciones que CRF I adquirió a lo largo de los años en nombre de sus inversores, pero se cree que el veredicto podría extenderse a casos similares.
La suma exigida por CRF I deriva de acuerdos de préstamo entre Cuba y dos bancos europeos (Crédit Lyonnais y L’Istituto Bancario Italiano) suscritos en la década de los años 80 del siglo pasado, donde el banco central cubano había actuado como garante.
El BNC y el Gobierno de Cuba, que estarán personados en el proceso, defienden que CRF -que previamente trató de llegar a un acuerdo de cobro junto con otros inversores- no es su acreedor, al considerarlo un «fondo buitre».
En un comunicado del 13 de enero, el banco cubano explicaba que «los fondos buitres compran en el mercado secundario, a precios de remate, las deudas emitidas por países, para reclamar el pago inmediato de su 100 % bajo amenaza de demanda judicial».
Precisó que este procedimiento es deuda pública porque «fue contraída por el BNC antes de 1997, cuando tenía funciones de Banco Central».
Desde entonces, añade el comunicado, la entidad no tiene facultad para actuar en nombre del Gobierno cubano ni para aprobar cesión de deuda pública sin la autorización previa del Ministerio de Finanzas y Precios y del Consejo de Ministros.
El BNC y la República de Cuba insisten en que «jamás han desconocido sus deudas y han mantenido siempre el interés de negociar con sus legítimos acreedores», entre los que no incluye al fondo de inversión demandante.
EFE