CARACAS.- La nacionalidad española por carta de naturaleza es un mecanismo legal excepcional que permite a extranjeros adquirir la ciudadanía española en circunstancias particulares y excepcionales.
A diferencia de otros procesos de naturalización, la concesión de la carta de naturaleza no está sujeta a requisitos específicos ni a plazos establecidos, sino que se otorga discrecionalmente por el gobierno español mediante un real decreto.
En ese contexto, el abogado y socio director de A&A Estudio Jurídico, David Arevalillo De La Torre, enfatizó que cualquier persona que desee optar por la nacionalidad por circunstancias excepcionales será otorgada de manera discrecional a través del decreto.
«Lleva décadas en nuestro ordenamiento jurídico y está regulado en el artículo 21.1 del código civil», precisó.
El abogado, enfatizó en una entrevista concedida al programa A Tiempo de Unión Radio, que toda persona que quiera obtener la nacionalidad sefardíe debe tener el certificado expedido por el presidente de la Federación de Comunidades Judías de España.
¿Cómo se obtiene este certificado?
Por medio de una genealogía fundamentada que acredite los vínculos consanguíneos con ancestros sefardíes, que probablemente son desde hace 500 años.
Mientras que en le caso de los judíos puede resultar más sencillo por los apellidos, pero en el caso de los conversos va a ser igualmente por una genealogía.
«No hay forma de hacer seguimiento ni de hacer presión porque es un decreto discrecional y es por ello que deben esperar con paciencia», recomendó.
Sinaid Garcés/ Unión Radio