BOGOTÁ.- La Corte Constitucional de Colombia declaró inexequible otro decreto de la emergencia económica, social y ecológica declarada el pasado 2 de julio en el departamento de La Guajira (norte) por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, informó este jueves el alto tribunal.
La norma que no pasó el control de constitucionalidad fue la que fijó una sobretasa deunos 24 centavos de dólar de hoy, cobro que se efectuaría por seis meses y que estaba asignado, según el Gobierno, para atender las necesidades de La Guajira en acueducto y red eléctrica.
Esa sobretasa también le endosaba un aporte de un poco más de 1,2 dólares de hoy a los estratos comerciales e industriales del país.
Sin embargo, la Corte señaló que ese gravamen «no está relacionado con la prestación del servicio de agua o el saneamiento básico, y su existencia en el ordenamiento jurídico, aunque haya sido temporal, compromete intensamente el principio democrático y el principio de legalidad de los tributos».
«Los recursos recaudados (…) deberán ser devueltos a los contribuyentes mediante compensación con la facturación del servicio de energía eléctrica», señala la Corte en un comunicado publicado este jueves.
Al respecto, el presidente Petro escribió en su cuenta de X (antes Twitter) «¿dónde estará la justicia?», cuestionando la determinación de la Corte Constitucional.
El pasado 3 de octubre la Corte declaró inconstitucional el «decreto madre» por el cual el Gobierno decretó la emergencia económica en La Guajira. Posteriormente, el alto tribunal declaró que cinco decretos relacionados con esa emergencia declarada el pasado 2 de julio eran «inexequibles».
Ese paquete de decretos estaba relacionado con sectores priorizados en la declaratoria en asuntos referentes a la salud, educación, energía, acceso al agua y saneamiento básico, entre otros.
EFE